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Buenos Aires, 17 de noviembre de 2008 - 17:25 hs.
Última actualización 17:25

Deudores

El jueves comienza un nuevo plan de facilidades de pago

Es para regularizar deudas impositivas, previsionales y aduaneras vencidas al 31 de diciembre del año pasado. Tiene plazos de pago de entre 24 y 120 cuotas de acuerdo al plan y un interés mensual no mayor al 1,5%. La adhesión al plan se realizará exclusivamente por Internet.


El plan de facilidades para regularizar deudas impositivas, previsionales y aduaneras vencidas al 31 de diciembre del año pasado, entrará en vigencia el próximo jueves, con plazos de pago de entre 24 y 120 cuotas de acuerdo al plan y un interés mensual no mayor al 1,5 por ciento.

El flamante régimen de facilidades de pago, aprobado mediante la resolución general 2518, estará abierto hasta el 31 de marzo próximo, y los trámites se podrán hacer vía Internet, de acuerdo a lo dispuesto por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

El número de cuotas para deudas por aportes de trabajadores en relación de dependencia y retenciones será de 24, en tanto que el resto de compromisos en mora contarán con un plazo máximo de hasta 120 cuotas.

El importe de la primera cuota no podrá ser inferior al 3 por ciento de la deuda consolidada, ni menor a 150 pesos.

Se podrán normalizar los planes de pago establecidos por las resoluciones 1.966, 1.967 y 2.278, incluyendo la totalidad de la deuda si el plan se encontrara rechazado o el saldo adeudado por cada obligación para el caso de los planes caducos.

Además, comprenderá las retenciones y percepciones impositivas por cualquier concepto, practicadas o no, los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia y las obligaciones fiscales, intereses y multas que se encuentren en curso de discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial.

También quedarán incluidas las deudas en ejecución judicial, en tanto el demandado se allane incondicionalmente y asuma el pago de las costas y los intereses (resarcitorios y punitorios) correspondientes a los anticipos y/o pagos a cuenta que se hayan cancelado hasta el 31 de diciembre del año pasado.

"La cancelación de acuerdo con el plan de facilidades, no implica la reducción alguna de intereses resarcitorios y/o punitorios, como tampoco la liberación de las sanciones respectivas", señaló la AFIP a través de un comunicado.

La adhesión al plan se realizará exclusivamente por internet, con clave fiscal, desde la página www.afip.gov.ar. A mediados de la semana pasada entró en funcionamiento un simulador web que permite calcular las cuotas del plan.

El uso de este sistema es anónimo, no necesita clave fiscal y tampoco implica adhesión al régimen, al que se puede acceder a través del micrositio Mis Facilidades y Simulador Plan General y Especiales.

Una vez en el sitio, se debe cliquear la opción Ingresar Datos del Plan, se selecciona el tipo de deuda y se establece su monto, con los intereses incluidos, para luego definir la cantidad de cuotas.

El plan contempla la posibilidad de que el adherente al plan obtenga una caja de ahorros fiscal gratuita para el débito de las cuotas, que se podrá tramitar en la casa central o en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina.

Quedarán excluidos del plan de facilidades las deudas por anticipos y/o pagos a cuenta, las retenciones con destino a la seguridad social, excepto los aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia y el impuesto al valor agregado que se debe ingresar por las prestaciones de servicios realizadas en el exterior.

Tampoco serán tenidas en cuenta las cotizaciones fijas correspondientes a los trabajadores en relación de dependencia de sujetos adheridos al monotributo, devengadas hasta junio de 2004.

La exclusión alcanza, además, a los aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales, excepto los correspondientes a los sujetos adheridos al monotributo, las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), y los aportes y contribuciones destinados a empleados del servicio doméstico y trabajadores rurales.



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